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Este informe  acredita que la persona reagrupante cuenta con una vivienda adecuada para atender sus necesidades y la de su familia.

  • Deben solicitarlo las personas extranjeras que necesiten una autorización inicial de residencia temporal por reagrupación familiar o que quieran renovar la autorización de residencia y hayan modificado su domicilio desde la autorización anterior.
  • El título que habilite para la ocupación de la vivienda se entenderá referido a la persona extranjera reagrupante o a cualquier otra persona que forme parte de la unidad familiar en base a un parentesco de los enunciados en el artículo 17 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, cónyuge, hijo/a del solicitante o del cónyuge o ascendiente de primer grado del solicitante o del cónyuge.
  • Recibida la documentación, el Ayuntamiento verificará los datos aportados y previa cita concertada telefónicamente, visitará la vivienda.

 

 

DOCUMENTACIÓN RELACIONADA

Solicitud informe de adecuación de vivienda para reagrupamiento familiar Flecha descarga Solicitud informe de adecuación de vivienda para reagrupamiento familiar Descargar

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