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La Comisión de Policía del Ayuntamiento de Salamanca ha estudiado hoy los criterios para la autorización de actuaciones musicales y artísticas en espacios públicos.

El Gobierno Municipal ha presentado una propuesta que parte de otra del Grupo Ganemos y que está abierta al diálogo con las fuerzas políticas en la oposición.

Esta propuesta persigue un doble objetivo. En primer lugar, el Ayuntamiento seguirá siendo flexible y como regla general autorizará este tipo de actuaciones en la vía pública y sólo denegará las solicitudes que incumplan las condiciones establecidas. Y, en segundo lugar, estos criterios aportarán seguridad jurídica a los solicitantes al determinar claramente las condiciones para conceder las autorizaciones.

Según la propuesta que ha presentado esta mañana el Gobierno Municipal, las personas interesadas deberán presentar, por escrito y con diez días de antelación, una solicitud, donde indicarán el lugar, el horario, duración, superficie aproximada de ocupación y, en su caso, equipos o elementos auxiliares a utilizar.

Los espectáculos, según la propuesta estudiada en la reunión de esta mañana, se realizarán en espacios suficientemente amplios, de forma que la actuación no cause molestias al tránsito peatonal, a clientes y personal de establecimientos próximos, y no impida la accesibilidad y movilidad urbana.

El horario propuesto es de 10 a 15 horas y de 17 a 22 horas y la duración no podrá superar los 45 minutos en el mismo lugar. No obstante, se añade que podrá establecerse una itinerancia de lugares en el mismo día, sin posibilidad de repetir lugar.

Con carácter general no se permitirá utilizar amplificadores, altavoces o música pregrabada. Excepcionalmente, según recoge la propuesta abierta al debate, se podrá autorizar su uso para lo cual se establecerá (en función del lugar, horario y duración) un nivel máximo de emisión acústica.

Las actuaciones de la Plaza Mayor estarán sujetas a la normas de uso del ágora.

La propuesta señala también que no se podrá requerir de forma activa la aportación de donativos, debiendo limitarse a situar junto a ellos el oportuno recipiente donde pueda efectuarse la liberalidad.

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