La Comisión de Policía dictamina favorablemente la creación de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil de Salamanca
La Comisión de Policía ha dictaminado favorablemente esta mañana el Reglamento por el que se regirá la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil de Salamanca. Cabe recordar que la constitución y puesta en marcha de esta organización se aprobó en el Pleno Municipal del 6 de noviembre de 2015, a través de una moción, y está recogida en el acuerdo programático alcanzado entre los grupos municipales de Ciudadanos y el Partido Popular.
El Reglamento regula la organización, funciones y actividad de esta Agrupación, sin perjuicio de las competencias estatales y autonómicas en dicha materia. Establece, además, los derechos y deberes de los voluntarios en cuanto miembros de la Agrupación, y su régimen de incorporación, separación, formación y disciplinario.
La Comisión de Policía ha aprobado el texto definitivo al que se han incorporado alegaciones de los sindicatos con representación en el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de Salamanca y de los Grupos Políticos Municipales.
Estas alegaciones se han aprobado con el fin de delimitar de forma más clara las funciones de la organización y flexibilizar los requisitos para quienes quieran formar parte de la misma. En este sentido, respecto al texto inicial, se ha modificado la edad máxima de 60 a 65 años, y se ha eliminado, para ser voluntario, el requisito de tener nacionalidad española y ser ciudadano de la Unión Europea, siendo necesario, solamente, el estar empadronado y residir en el término municipal de Salamanca.
Junto a estos requisitos, el Reglamento también establece que la persona debe superar las pruebas de aptitud psicofísica y de conocimientos que se determinen, tener disponibilidad de tiempo para tareas objeto de protección civil, superar un curso de formación y selección y no pertenecer a otra organización de voluntarios que intervengan en emergencias. Una vez superado el curso de selección y formación, y a partir de la fecha de nombramiento, el voluntario permanecerá durante un año en la agrupación con carácter provisional. Transcurrido este período se incorporará con carácter indefinido.
Finalidad de la Agrupación
Tal y como contempla el Reglamento, el ámbito territorial de actuación de la Agrupación será el municipio de Salamanca, y estará constituida por personas físicas. La organización tendrá como finalidad canalizar la participación de los ciudadanos y expresar el compromiso solidario de los voluntarios a favor de la sociedad en su conjunto, o de personas o grupos, mediante la participación directa en actividades de colaboración con los servicios municipales de asistencia ciudadana en el ámbito de la protección civil.
La naturaleza de la participación a desarrollar por la Agrupación se delimitará a la colaboración en tareas de apoyo logístico y de apoyo social humanitario
El Reglamento regula la organización, funciones y actividad de esta Agrupación, sin perjuicio de las competencias estatales y autonómicas en dicha materia. Establece, además, los derechos y deberes de los voluntarios en cuanto miembros de la Agrupación, y su régimen de incorporación, separación, formación y disciplinario.
La Comisión de Policía ha aprobado el texto definitivo al que se han incorporado alegaciones de los sindicatos con representación en el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de Salamanca y de los Grupos Políticos Municipales.
Estas alegaciones se han aprobado con el fin de delimitar de forma más clara las funciones de la organización y flexibilizar los requisitos para quienes quieran formar parte de la misma. En este sentido, respecto al texto inicial, se ha modificado la edad máxima de 60 a 65 años, y se ha eliminado, para ser voluntario, el requisito de tener nacionalidad española y ser ciudadano de la Unión Europea, siendo necesario, solamente, el estar empadronado y residir en el término municipal de Salamanca.
Junto a estos requisitos, el Reglamento también establece que la persona debe superar las pruebas de aptitud psicofísica y de conocimientos que se determinen, tener disponibilidad de tiempo para tareas objeto de protección civil, superar un curso de formación y selección y no pertenecer a otra organización de voluntarios que intervengan en emergencias. Una vez superado el curso de selección y formación, y a partir de la fecha de nombramiento, el voluntario permanecerá durante un año en la agrupación con carácter provisional. Transcurrido este período se incorporará con carácter indefinido.
Finalidad de la Agrupación
Tal y como contempla el Reglamento, el ámbito territorial de actuación de la Agrupación será el municipio de Salamanca, y estará constituida por personas físicas. La organización tendrá como finalidad canalizar la participación de los ciudadanos y expresar el compromiso solidario de los voluntarios a favor de la sociedad en su conjunto, o de personas o grupos, mediante la participación directa en actividades de colaboración con los servicios municipales de asistencia ciudadana en el ámbito de la protección civil.
La naturaleza de la participación a desarrollar por la Agrupación se delimitará a la colaboración en tareas de apoyo logístico y de apoyo social humanitario