La Comisión de Fomento aprueba inicialmente dos modificaciones puntuales del PGOU sobre las plazas de garaje y las condiciones de uso residencial
La Comisión de Fomento del Ayuntamiento de Salamanca ha aprobado inicialmente en su sesión de este martes dos modificaciones puntuales del Plan General de Ordenación Urbana relativas al uso de las plazas de aparcamiento y a los condiciones de uso residencial. La primera de ellas se trata de la modificación número 29 y contempla los siguientes cambios. En primer lugar se incluyen en este ámbito de actuación aquellos locales que cambian su uso a garaje ya que hasta el momento no se especificaba.
En segundo lugar se introduce que se pueda disponer de instalaciones de recarga de vehículos eléctricos en garajes de acuerdo a la normativa de seguridad. En tercer lugar se actualizan las dimensiones mínimas de las plazas de aparcamiento estableciéndose una medida mínima de plaza estándar de 500x240 centímetros, que hasta el momento estaba asignada únicamente a los vehículos grandes.
En cuarto lugar los cambios de uso a garaje deberán tener una capacidad de al menos una plaza de aparcamiento más que las que se eliminen en superficie para generar el vado.
En quinto lugar se amplían los anchos libre mínimos que se establecen en función del ángulo que forman los ejes de la plaza de aparcamiento y el vial que da acceso a la misma y en sexto lugar se señala que en edificaciones exclusivas de uso industrial ya existentes no se exigirá mayor dotación de plazas de aparcamiento que la obligatoria exigida previamente para su construcción.
La modificación número 28 del PGOU se centra en actualizar las condiciones de uso residencial para adaptarse a las nuevas demandas que se producen en las viviendas tanto por parte de promotores como de particulares. Las alteraciones son las siguientes:
-Adecuación de la nomenclatura y condiciones de la tipología del uso residencial denominada “Apartamento” con su inclusión en los modelos de vivienda y ampliación de sus características espaciales.
-Actualización de los modelos de vivienda a las demandas actuales con la eliminación de la obligatoriedad del bidé, la regulación de nuevas piezas como los despachos para el teletrabajo o los vestidores, así como la integración de la cocina en los salones de las viviendas de tres o más dormitorios.
-Completar la definición de espacios complementarios al uso residencial ya contemplados en la normativa pero cuya demanda en auge conlleva que no queden regulados de manera eficaz en ella como los trasteros o los despachos profesionales domésticos.
-Definición de los conceptos de ‘edificio completo’ y ‘promoción completa’ para facilitar las actuaciones en las fachadas y cubiertas para optar a las ayudas y subvenciones a la rehabilitación de las Administraciones Públicas que en el contexto actual resultaban incompatibles al requerirse sobre un conjunto completo edificatorio que albergaba a varias comunidades de propietarios o portales con regulación interna independiente.