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El Consejo Municipal de Salud de Salamanca constituye el órgano colegiado de participación del Ayuntamiento de Salamanca, de carácter consultivo, informativo, de asesoramiento y propuesta, en materia de promoción de la salud en el municipio y adquisición de hábitos saludables.

 

Funciones:

a) Participar en la elaboración de planes y proyectos destinados a mejorar las condiciones de salud del municipio y su población, proponiendo a los órganos competentes, las actuaciones oportunas para la solución de los problemas detectados y la mejora de la salud del municipio.

b) Velar por el cumplimiento del Plan Municipal de Salud.

c) Asesorar y colaborar en la elaboración y puesta en práctica de programas generales y específicos de prevención y mejora de la salud y propiciar la realización de todas aquellas actuaciones que contribuyan a modificar el cambio de actitudes en la ciudadanía, en lo referente a los hábitos de salud.

d) Fomentar la comunicación, relación e intercambio entre organizaciones y entidades que tengan como fin contribuir al desarrollo, la promoción y la educación para la salud.

e) Informar los asuntos relacionados con la salud que les sean sometidos por las autoridades municipales.

f) Realizar el seguimiento de los acuerdos adoptados por los órganos de gobierno competentes sobre las propuestas planteadas por el Consejo Municipal de Salud.

g) Recibir información de cuantas decisiones y acuerdos adopten los órganos de gobierno municipales relacionados con la salud.

h) Promover la elaboración de informes, estudios, programas y cualesquiera otras actividades de investigación y divulgación sobre temas relacionados con la salud y la prevención de la enfermedad.

i) Ejercer de órgano de participación y comunicación con las asociaciones y entidades relacionadas con el ámbito de actuación del mismo.

j) Fomentar una política de prevención y promoción de salud en Salamanca, movilizando los recursos de la comunidad para llevarlo a cabo.

k) Canalizar cuantas iniciativas y sugerencias permitan promover una mejora de la atención y del nivel de salud de nuestro municipio.

l) Cualesquiera otras funciones relacionadas con el Plan Municipal de Salud y con la Red de Ciudades Saludables que pudieran encomendársele.

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