Quienes somos?
En la Sección de Salud Pública se desempeñan hasta 100 programas en relación a las Competencias Municipales de Salud Pública en los ámbitos de Sanidad Ambiental, Bienestar animal, Promoción y Protección de la salud y Prevención de adicciones realizándose actividades de diagnóstico, control sanitario, vigilancia, inspección, formación y promoción de hábitos saludables.
Las competencias municipales desarrolladas en esta Sección de Salud Pública se amparan en la siguiente normativa:
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en su Artículo 25. Establece que el municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias:
- Protección de la salubridad pública.
- Cementerios y actividades funerarias.
Ley 10/2010, de 27 de septiembre, de salud pública y seguridad alimentaria de Castilla y León establece en su artículo 22 que las competencias municipales de acuerdo con lo establecido en la legislación básica estatal y en esta ley, sin perjuicio de las competencias de las demás administraciones públicas, tendrán las siguientes responsabilidades mínimas en relación al obligado cumplimiento de las normas y planes sanitarios:
- Control sanitario del medio ambiente: contaminación atmosférica, abastecimiento de aguas, saneamiento de aguas residuales, residuos urbanos e industriales.
- Control sanitario de industrias, actividades y servicios, transportes, ruidos y vibraciones.
- Control sanitario de edificios y lugares de vivienda y convivencia humana, especialmente de los centros de alimentación, peluquerías, saunas y centros de higiene personal, hoteles y centros residenciales, escuelas, campamentos turísticos y áreas de actividad físicodeportivas y de recreo.
- Control sanitario de la distribución y suministro de alimentos, bebidas y demás productos, directa o indirectamente relacionados con el uso o consumo humano, así como los medios de transporte.
- Control sanitario de los cementerios y policía sanitaria mortuoria.
- Desarrollo de programas de promoción de la salud, educación sanitaria y protección de grupos sociales con riesgos específicos.