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La Policía Local de Salamanca va a realizar desde el próximo lunes, día 11, hasta el domingo, 17 de diciembre, una campaña especial e intensiva para controlar las tasas de alcohol y drogas en la conducción, coincidiendo con la proximidad de las fiestas navideñas. Estos controles se añaden a los que, de forma habitual y periódica, vienen efectuando los agentes locales y suponen un aumento notable de las acciones preventivas en la materia, en coordinación directa con la Dirección General de Tráfico.

El mes de diciembre es un periodo en el que, lamentablemente, se produce un número alto de accidentes a causa de la influencia del alcohol en la conducción. Por esta razón el Ayuntamiento de Salamanca y la Policía Local se suman, al igual que en años anteriores, a la campaña de la Dirección General de Tráfico. Las pruebas se van a efectuar no solo en horario nocturno, sino también en horas del mediodía para que los controles resulten también disuasorios sobre la ingestión de bebidas alcohólicas durante las comidas o celebraciones propias de estas fechas.

El incremento de estos controles pretende reducir, en la medida de lo posible, la incidencia negativa que el consumo de alcohol y drogas tiene en zona urbana, especialmente durante los fines de semana y en determinados lugares próximos a locales de ocio. Esta incidencia negativa se manifiesta tanto en los accidentes como en la conflictividad del tráfico rodado, por lo que resulta necesario vigilar y controlar las tasas de alcoholemia y drogas en el ámbito local con el objetivo de mejorar los niveles de seguridad vial.

Diferentes estudios demuestran que si se consiguiera erradicar el consumo de alcohol en la conducción podrían evitarse más de mil muertes anuales. Además, el alcohol y las drogas suponen también un riesgo añadido para los peatones, como usuarios de las vías que comparten el espacio público, especialmente en las zonas urbanas, como demuestra el hecho de que casi la mitad de los viandantes fallecidos en 2015 presentaron tasas positivas, según los datos del INT.

Los límites legales

El control de las tasas de intoxicación alcohólica de los conductores se realiza de acuerdo con los preceptos establecidos en el Reglamento General de Circulación, cuyo artículo 20.1 establece que ningún conductor de vehículos podrá circular con una con una proporción de alcohol en aire espirado de 0,25 miligramos por litro. Estos límites se ajustan todavía más cuando se trata de conductores noveles, con menos de dos años de antigüedad, o cuando se conduzcan vehículos destinados al transporte de viajeros, mercancías o servicios especiales; en todos estos casos los límites quedan fijados en 0,15 miligramos por litro de aire espirado.

La negativa a someterse a los controles de alcoholemia y drogas está tipificada como delito en el Código Penal, que prevé incluso penas de prisión por este motivo. La Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción está castigada con una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos. Cuando se denota que la ingesta de alcohol o drogas ha tenido repercusión o influencia en la conducción, las denuncias se tramitan siempre por la vía penal, tal y como se recoge en el artículo 379.2 del Código Penal.

En cuanto al alcohol, se mantiene en 500 euros y la detracción de 4 a 6 puntos la infracción por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas, Además, serán sancionados con 1.000 euros de multa aquellos conductores reincidentes, es decir, que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo; así como para aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.

Por último, la Ley del Permiso por Puntos, de obligado cumplimiento para todos los titulares de autorizaciones para conducir, prevé la pérdida de seis puntos por circular con una tasa de alcohol superior a 0,50 miligramos por litro de aire espirado (0,30 en el caso de conductores noveles o profesionales). Si la tasa es superior a 0,25 hasta 0,50 miligramos (noveles y profesionales entre 0,15 y 0,30) el descuento es de cuatro puntos. Además, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos conlleva también la pérdida de seis puntos.

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