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El concejal de Tráfico y Transportes, Fernando Carabias, ha informado hoy sobre las novedades de la Ordenanza Municipal reguladora del servicio de taxi en el término municipal de Salamanca. Un texto que ha tenido en cuenta el documento inicial aportado por la Asociación Provincial Auto Taxi de Salamanca tras un proceso de diálogo y consenso de acuerdo a la Ley 9/2018 sobre el transporte público de viajeros por carretera de Castilla y León.

Según explicó el edil, con esta nueva Ordenanza el Ayuntamiento de Salamanca pretende dar la respuesta adecuada a la necesidad de actualizar la regulación de esta modalidad de transporte, reconocida y plenamente consolidada en el ámbito social, como una alternativa más entre la oferta general del transporte y la movilidad, y, a la vez, proporcionar la oportuna cobertura reglamentaria.

Entre los aspectos más novedosos contemplados en este documento, Fernando Carabias destacó en primer lugar la simplificación de la tramitación de licencias, la declaración anual responsable y criterios de determinación del número máximo de licencias.

Respecto a los vehículos, se incluyen diferentes anexos de la Ordenanza que describen con todo detalle las características de los vehículos y su rotulación; y se establece una antigüedad máxima en los vehículos, de manera que no podrán prestar servicio aquellos que tengan más de 12 años.

Por otro lado, los taxis autorizados estarán equipados con sistema de seguridad basado en tecnología GPS, con redundancia en las dependencias de la Policía Local. Esto permitirá solicitar atención de emergencia, además de conocer la localización e identificación de quien conduce. Además, los vehículos se mantendrán en perfecto estado de conservación y limpieza y deberán estar en perfectas condiciones higiénico-sanitarias; se desinfectarán, al menos, cada dos años y, en todo caso, cuando sea necesario o así lo ordene la autoridad municipal.

Prestación del servicio

La Ordenanza Municipal establece normas para la prestación del servicio, así como la documentación que en todo momento debe tener disponible la persona conductora en relación con la licencia, el vehículo, quien lo conduce y diversos aspectos de interés para la prestación del servicio; se determina la ubicación de las paradas, los horarios y descanso y el método de pago de las personas usuarias, que podrán hacerlo en metálico o por medios electrónicos.

Las personas que conduzcan los vehículos están obligadas a cuidar su aseo y vestimenta con la corrección que exige la prestación de un servicio público y la consideración con los clientes, debiendo seguir el siguiente código de vestimenta: pantalón largo o falda y camisa o polo sin serigrafiar, todo ello de un solo color, al igual que jersey, chaleco, chaqueta y resto de ropa de abrigo en el caso de que se use. El servicio se hará con la cabeza al descubierto y con calzado cerrado, quedando prohibida la utilización de ropa de deporte.

Todos los vehículos adscritos al servicio de taxi deberán ser conducidos, exclusivamente, por quienes se hallen en posesión de una correspondiente habilitación específica que se llamará ‘permiso local de conducir’; por lo que se especifican los requisitos que deben cumplir quienes pretendan obtener dicho permiso, como, por ejemplo, conocer y hablar correctamente la lengua castellana, estar en posesión del título de ESO o equivalente y del permiso de conducir de la clase correspondiente, tener residencia en España y superar unas pruebas establecidas a tal efecto. La tarjeta de identificación de la persona conductora expedida por el Ayuntamiento de Salamanca deberá estar en lugar visible del taxi

La Policía Local de Salamanca realizará inspecciones para comprobar el cumplimiento de las obligaciones.

Finalmente, el concejal de Tráfico y Transportes se refirió al régimen sancionador, que se adapta a la Ley de transporte público de viajeros por carretera de Castilla y León.

Este texto se remitirá hoy mismo a todos los grupos políticos con representación municipal, para que tengan ocasión de analizarlo y poder llevar a cabo un debate sobre su contenido en la próxima Comisión informativa.

El texto definitivo se llevará al Pleno municipal del próximo día 3 de marzo para su aprobación inicial; a partir de ahí, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia para su exposición pública, para que durante treinta días hábiles se puedan hacer alegaciones. El paso siguiente es atenderlas, si las hubiera, antes de proceder a la aprobación definitiva y posterior entrada en vigor.

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