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Atención al ciudadano
923 27 91 99
zbe@aytosalamanca.es
Dependencias de la Policía Local de Salamanca
Avenida de la Aldehuela 43-63

1. ¿Qué cambia con respecto a la situación actual?

El único cambio que se produce es que a partir del 1 de julio de 2025 el acceso con vehículos a la zona peatonal del centro de la ciudad pasará a estar
controlado por lectores de matrícula. (Ver plano de Zona Peatonal y situación de cámaras de control de acceso al final de la página)

 

2. Entonces, ¿quiénes pueden acceder?

Toda aquella persona que por un motivo justificado tenga que acceder a la zona peatonal podrá hacerlo, indistintamente del medio de transporte que utilice. Basta con introducir sus datos personales y la matrícula del vehículo en cuestión en la plataforma digital que le concederá una autorización de acceso si se comprueba que existe ese motivo justificado.

 

3. ¿Y cómo se accede a esa plataforma digital?

En la dirección web zbe.aytosalamanca.es. Primero hay que cumplimentar un formulario de registro que, previa validación por el Ayuntamiento, dará acceso a la plataforma en la que se podrán gestionar las autorizaciones para los vehículos.


4. Soy empadronado, ¿qué debo hacer?

Nada. En el caso de los empadronados en el interior de la zona peatonal que paguen el Impuesto sobre Vehículos de Tracción  Mecánica en Salamanca no deberán realizar ningún trámite, ya que su alta en el sistema se realizará de manera automática.

 

5. ¿Y si soy residente pero no empadronado o si tengo una plaza pero no pago el impuesto en esa zona?

En ambos casos necesitaré realizar el registro a través de la aplicación de forma permanente o temporal, dependiendo de las necesidades.

 

6. Y si no resido en el interior de la zona peatonal pero necesito acceder, ¿cómo lo hago?

Registrándome a través de la aplicación, que concederá dos tipos de autorizaciones: permanentes (vehículos de reparto, propietarios de garajes y personas que tengan garaje en alquiler pero no sean residentes o servicios públicos) o temporales (accesos puntuales para ir a consultas médicas, recoger y dejar personas u ocupaciones especificas como la descarga de enseres).


7. ¿Qué hago si necesito dejar o recoger a mis hijos en el colegio?

Nada. Serán los propios colegios los encargados de registrar los datos de los vehículos para que los padres puedan acceder hasta el centro
educativo en el horario de la entrada y de la salida y solo durante el periodo escolar.


8. ¿Cómo accedo a los aparcamientos de la zona peatonal? ¿Qué deben hacer los clientes de hoteles y apartamentos turísticos?

En el caso de aparcamientos no será necesario realizar ningún trámite ya que el registro se hará de manera automática cuando se acceda al recinto. En el caso de los hoteles o apartamentos turísticos, deben ser los propios establecimientos los que registren los vehículos de sus clientes.


9. ¿Si tengo una urgencia y no puedo registrarme?

En el caso de que se necesite acceder a la zona peatonal de manera imprevista o por una urgencia y resulte imposible registrarse con anterioridad, existirá un periodo de 72 horas posterior a la entrada para poder justificar ese acceso a través de la plataforma o del correo zbe@aytosalamanca.es.


10. ¿Cuándo comienzan las restricciones ambientales?

Las restricciones ambientales no se aplicarán hasta el año 2029 y solo para los vehículos más antiguos y contaminantes. Para el resto de vehículos
habrá un calendario de implantación por fases que se prolonga hasta 2039. Estas restricciones nunca afectarán a los residentes que en ningún caso se verán obligados a cambiar de vehículo.

 


 

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