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Pago de tributos municipales: impuestos, tasas y precios públicos

Destinatario:
  • Cualquier persona interesada
Observaciones:
  • El pago debe efectuarse en cualquiera de las entidades bancarias (figuran en el dorso de los avisos de recibo).
  • Existen varios tipos de documentos de pago: recibos, autoliquidaciones, liquidaciones, requerimientos de pago.
  • En período voluntario, NO es obligatorio el envío de los recibos al domicilio del contribuyente, sin embargo, el Ayuntamiento los envía por correo ordinario al domicilio. Si no los recibiera en período de cobranza, puede dirigirse a cualquier oficina de UNICAJA BANCO para que le expidan un duplicado antes del final del plazo, o también puede obtenerlos a través de la sede electrónica del OAGER www.oager.com, llamando al teléfono 900 70 10 00 o a través del buzón del contribuyente oager1@oager.com.
  • En período ejecutivo, SI es obligatorio notificar en el domicilio el requerimiento de apremio. El Ayuntamiento notifica mediante correo certificado, excepto los recibos de pago periódico que se publican directamente en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
  • En algunas circunstancias no es posible la notificación. En esos casos, se realiza por edictos que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y en el Tablón de Anuncios del OAGER.
  • En la página web del OAGER puede consultar los edictos publicados en el BOP (www.oager.com)
Contacto:

OAGER

  • Teléfono gratuito: 900 70 10 00 (de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas)
  • Correo electrónico: oager1@oager.com
¿Cómo?:
  • Presencial, Con certificado
¿Dónde?:
  • En las oficinas bancarias y además, en las oficinas de UNICAJA BANCO le informan de su situación tributaria y le expiden los duplicados de documentos de pago.
  • Banca electrónica, con certificado digital
¿Cuándo?:
  • Dentro del plazo que figure en el documento de pago
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