Logo Ayuntamiento de Salamanca

Visualización del menú

El Pleno del Ayuntamiento de Salamanca ha aprobado hoy de forma definitiva el Proyecto de Ordenanzas reguladoras de los tributos, precios públicos y tarifas municipales para el año 2024, que contempla, por décimo año consecutivo, la congelación de los cinco impuestos municipales (el impuesto sobre bienes inmuebles; la plusvalía; el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras; el impuesto sobre los vehículos y el impuesto sobre actividades económicas). Igualmente se congelará la práctica totalidad de las tasas y precios públicos

Desde el año 2015 hasta 2023 el Ayuntamiento ha venido manteniendo congelados, o ha bajado, los impuestos municipales, la tasa de basura y las tarifas del transporte urbano. A este respecto, la evolución interanual del Índice de Precios al Consumo (IPC) durante este tiempo ha rondado entre el 18,6% (tomando como referencia el interanual de mayo) y el 21,3% (interanual de agosto). Por tanto, técnicamente hablando, los impuestos municipales, la tasa de basura y las tarifas del transporte urbano han bajado, como mínimo, en esa proporción.

El proyecto de Ordenanzas para 2024 recoge aplicar la actualización según el IPC de agosto (2,6%) a las tarifas vinculadas a compromisos contractuales (ORA, agua y alcantarillado, servicios funerarios y cementerios municipales, mercado central, estacionamiento del Centro de Transportes y depuración), así como a  las tarifas del transporte urbano (salvo el bono-bus especial, que permanece congelado), las cuales continuarán situándose entre las más baratas de toda España (1,10 euros el billete tras un incremento de cinco céntimos y 0,61 euros el bonobús ordinario tras un incremento de dos céntimos). Esta actualización está justificada por el notable incremento que ha supuesto para el Ayuntamiento el nuevo servicio del autobús urbano, un servicio subvencionado en un 74% (unos 12 millones de euros) por el Ayuntamiento para facilitar el transporte a los ciudadanos.

El IPC aplicado (interanual de agosto) es inferior al de mayo (3,2%), al último conocido en septiembre (3,5%), a la media mensual del 2023 hasta ahora (3,64%), y a las previsiones del Banco de España para final de año (3,6%).

En el caso de las tarifas por la utilización de las piscinas municipales, la actualización se realiza (por aplicación del contrato con la empresa concesionaria) en función de la variación interanual, a noviembre de 2022, del IPC correspondiente a la subclase de servicios recreativos y deportivos, con una reducción del 15%; de esta manera, la actualización se hace aplicando el 1,7% a las tarifas de 2023.

Respecto a la Tasa por la recogida de Basura, se ha aprobado un incremento del 7,5%, lo que supondría una subida media de 6,48 euros para casi el 80% de los contribuyentes. Dicho aumento viene motivado por el nuevo impuesto estatal sobre el depósito de residuos en vertedero, establecido por la Ley 7/2022 de residuos, que incrementa en un 328,57% el anterior impuesto autonómico, al que sustituye, y que supone para el Ayuntamiento un aumento de más de 811.000 euros en el coste de depositar los residuos en el Centro de Tratamiento de Residuos (CTR) de Gomecello, cantidad destinada al Estado.

Asimismo, se incluye en las Ordenanzas Fiscales una bonificación en el IBI del 50% durante 5 años y en el ICIO del 95% para inversiones empresariales iguales o superiores a 6 millones de euros que generen nuevos puestos de trabajo en la ciudad.

También se ajustan los precios de las Escuelas Infantiles, que permanecen congelados, a la nueva situación de gratuidad del servicio para alumnos de 1-2 años y de 2-3 años, que abonan solo la parte proporcional no gratuita del horario (3 sobre 8 horas), al igual que se hace en las Escuelas dependientes de la Junta de Castilla y León.

Criterio más equitativo para la concesión de bonificaciones

El Proyecto de Ordenanzas para 2024 sustituye el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) por el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) como indicador de referencia para el cálculo de los ingresos de las unidades familiares que acceden a beneficios en tributos, precios y tarifas, homologando las Ordenanzas municipales con las de la práctica totalidad de los ayuntamientos, y en coherencia con la finalidad del legislador estatal cuando se creó el IPREM.

De esta manera, se aplica también un criterio más equitativo, en términos de justicia social, de cara a la concesión de beneficios en tributos, precios y tarifas, pues la aplicación del SMI como indicador de referencia había provocado en los últimos años que se desvirtuara la finalidad social que perseguía el Ayuntamiento al establecer dichos beneficios para ayudar a aquellas familias que cuentan con menos recursos.

En consonancia con lo ya señalado, se establece un nuevo baremo general de ingresos por unidad familiar para acceder a bonificaciones en tributos, precios y tarifas (referenciado al IPREM), que sustituye al ahora existente en las Ordenanzas que contemplan estos beneficios. Dicho baremo general pasa a dar acceso, en el caso de las piscinas municipales, a una reducción del 25% de las tarifas, y en el caso del autobús urbano a un nuevo tipo de bono-bus reducido, con una tarifa el 50% más barata que el ordinario (de 0,61 a 0,31 euros).

Asimismo, se crea un baremo nuevo que da acceso a la actual bonificación del 50% en las tarifas de las piscinas y al bono-bus especial (0,03 euros) en el caso del autobús urbano.

Finalmente, se eleva de 30.000 a 50.000 euros el importe de la deuda tributaria para solicitar aplazamiento (12 meses) o fraccionamiento (24 meses) de pago sin prestar garantía.

DescargaImagenesWeb

Widget es util la página