Consulta pública para recabar la opinión de sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por el futuro Reglamento regulador de los huertos urbanos de ocio, sociales, de formación e investigación del Ayuntamiento de Salamanca
Consulta pública para recabar la opinión de sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por el futuro Reglamento regulador de los huertos urbanos de ocio, sociales, de formación e investigación del Ayuntamiento de Salamanca
Actualmente la normativa reguladora de los huertos urbanos de la ciudad de Salamanca está constituida por el Reglamento Regulador de huertos urbanos ecológicos de ocio, sociales de formación e investigación del Excmo. Ayuntamiento de Salamanca y por las Bases que han de regir la concesión de autorizaciones para el uso de huertos urbanos ecológicos de ocio, sociales, de formación e investigación del Excmo. Ayuntamiento de Salamanca que entraron ambos en vigor el 7 octubre de 2020.
Se considera por parte del Ayuntamiento necesario refundir ambos textos en un único documento que además, una vez que han pasado varios años, solucione los problemas reales que se estaban produciendo por su aplicación y se adapte mejor a la realidad existente, incorporando modificaciones y propuestas que proporcionen un régimen jurídico claro y concreto que favorezca su conocimiento y aplicación.
En su virtud, de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, corresponde realizar con carácter previo una consulta pública a través del portal web de la Administración municipal, publicada en el tablón de edictos el 12 de diciembre, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones interesadas en el futuro Reglamento durante 10 días hábiles, acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
El plazo para recabar las opiniones acerca de la futura ordenanza termina el 27 de diciembre de 2024 y se deberán presentar:
- Presencialmente, en cualquiera de las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana - Registro General o en cualquiera de la formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Electrónicamente, en el siguiente enlace: Ayuntamiento de Salamanca - Sede Electrónica - Aportación o entrega de documentación en el Registro General del Ayuntamiento (aytosalamanca.gob.es)
Edicto: Exposición de motivos